lunes, 27 de diciembre de 2010

LA NACIONALIDAD PERUANA

LA NACIONALIDAD PERUANA


¿Quiénes son nacionales peruanos por nacimiento?
De acuerdo a la Constitución vigente y a la Ley de Nacionalidad, Ley N° 26574 del 11 de enero de 1996 y su Reglamento Decreto Supremo N° 004-97-IN del 25 de julio de 1997, tienen derecho a la nacionalidad peruana por nacimiento:
Los nacidos en el territorio peruano.
Los menores de edad en estado de abandono, que residen en el territorio de la República, hijos de padres desconocidos.
Los nacidos en el extranjero de padre o madre peruanos siempre que hayan sido inscritos en los Registros de Estado Civil de los Consulados peruanos durante su minoría de edad o hayan obtenido en Título de Peruano Nacido en el Extranjero.
En el exterior la nacionalidad peruana se acredita con el Acta de Nacimiento, Título de Peruano Nacido en el Exterior expedida por autoridad peruana competente, Título de Naturalización, Libreta Militar, el Documento Nacional de Identidad o Pasaporte.

Los hijos de peruanos mayores de 18 años, nacidos en el extranjero y que no fueron oportunamente inscritos en los Registros de Estado Civil de los Consulados peruanos o en la Dirección General de Migraciones y Naturalización del Ministerio del Interior del Perú, durante su minoría de edad (antes de los 18 años), tienen derecho a la nacionalidad peruana por opción

¿Quienes pueden adquirir nacionalidad peruana por opcion?
Tienen derecho a la nacionalidad peruana por opción:
Las personas nacidas fuera del territorio de la República, hijos de padres extranjeros, que residen en el Perú desde los cinco años de edad, que al momento de alcanzar la mayoría de edad, según las leyes vigentes manifiesten su voluntad de ser peruanos ante la Dirección de Naturalización de la DIGEMIN-MININTER.
La persona extranjera unida en matrimonio con peruano o peruana, residente en el Territorio de la República por lo menos dos (2) años, que expresa su voluntad de ser peruano ante la Dirección de Naturalización de la DIGEMIN-MININTER.
La persona naturalizada por matrimonio no pierde la nacionalidad peruana en caso de divorcio o fallecimiento del cónyuge.
Los hijos de padre o madre peruanos nacidos en el extranjero que al llegar a su mayoría de edad, manifiesten su voluntad de ser peruanos ante la Dirección de Naturalización de la DIGEMIN-MININTER. Para ello se debe tener residencia real en el Perú.

¿Renuncia a la nacionalidad?
Los ciudadanos que deseen renunciar a la nacionalidad peruana encontrándose en el extranjero pueden hacerlo ante los consulados peruanos mediante declaración expresa de voluntad contenida en un instrumento elevado a escritura pública.
En todos lo casos el renunciante debe devolver los documentos de identidad y el pasaporte nacionales.

NOTA:
De acuerdo a la ley de Nacionalidad, los padres, en uso de la patria potestad, no pueden renunciar a la nacionalidad de sus hijos menores de edad.

Para mayor información sobre este tema es posible dirigirse a la Dirección General de Migraciones y Naturalización -DIGEMIN- del Ministerio del Interior. Av. España N° 730, Breña, Lima. Teléfonos: Central N° 330-4020; Pasaportes N° 433-3747; Naturalización N° 433-0674;
Facsímil N° 332-1269.
Página web: www.digemin.gob.pe

2 comentarios:

  1. Este articulo dle blog me parece muy interesante ya que enseña como un peruano extranjero puede inscribir a su hijo menor en los consulados que hay en el pais donde se encuentre; ademas de como un extranjero por naturalización puede adquirir la nacionalidad por estar desde los 5 años en el Perú o estando casado con un peruano y residir 2 años en el país todo ante la Dirección General de Migraciones y Naturalización.

    DUED: Lima codigo: 2003135149
    alumno: Rolando Santos Vargas Rolando

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  2. Como se aplica en el Perú l código de Bustamante?

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